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miércoles, 2 de mayo de 2012

LIBRES PERO SIN ALAS





MODELO DE QUEJA AL PARLAMENTO EUROPEO POR LA TIPIFICACIÓN COMO DELITO DE LA CONVOCATORIA DE MANIFESTACIONES



Ayer me preguntó mucha gente qué se podía hacer contra el anuncio del Gobierno de tipificar como delito la convocatoria de manifestaciones y pensé (entre otras cosas) en presentar una queja ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, cosa que ya he hecho en una ocasión anterior con bastante éxito porque conseguí que el pleno me diera la razón aprobando una resolución que declaraba que España estaba cometiendo abusos contra los débiles. Os pongo abajo un documental que lo cuenta, para el que tenga tiempo y ganas.
Imagino que el Parlamento Europeo está saturado de siervos del Nuevo Orden Mundial, pero incluso así considero interesante la iniciativa de remitir una queja masiva. Normalmente se lo toman en serio, tramitan la petición, hacen sesiones de debate al respecto y dictan una resolución que aunque en ningún caso tiene fuerza de obligar, sí tiene una fuerte importancia política.
Me voy a poner en contacto con una diputada que nos puede ayudar y que desde luego no pertenece a nuestro bendito país.
He leído por ahí que alguien se estaba organizando para presentar una demanda ante el Tribunal de Estrasburgo, cuya designación completa es Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Les sugiero que no lo intenten para no perder inutilmente la energía. Para acceder al tribunal es preciso agotar la vía judicial del Estado signatario del Convenio Europeo de Derechos Humanos, lo que exige, además de la preexistencia de un acto administrativo que impugnar, que aún no ha nacido, un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia o la Audiencia Nacional, una casación ante el Tribunal Supremo y un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Así que es mejor que lo dejéis.
La queja ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo se puede remitir por correo postal o a través de su página web mediante formulario.
Web:
Dirección postal:
Oficina del Parlamento Europeo en España
Pº de la Castellana, 46
28046 – Madrid
Tel.: +34 91 436 47 47
Fax.: +34 91 577 13 65
Al Parlamento Europeo no le puedes contar lo que tú quieras porque sólo es competente para asuntos relativos al derecho europeo. Le he dedicado hoy un rato a estudiar el Tratado Constitutivo de la Unión Europea hasta encontrar el único precepto al que podemos acogernos, así que recomiendo que se mande el texto que he pegado aquí tal como está y sin alteraciones.
Como podéis imaginar, esta iniciativa exige compromiso. No compromiso colectivo y anónimo, sino individual. Ya vale de escudarnos en la masa. Ahora el que se crea valiente que dé un paso al frente, ponga sus datos personales y envíe la queja.
Quiero añadir que cuando en 2008 fundé una Plataforma ciudadana para luchar contra ciertos abusos del Gobierno, hice con ella esto mismo, que es justo lo que no estaba previsto. Si en aquella Plataforma nos hubiéramos limitado a hacer dos o tres manifestaciones, el Gobierno se habría puesto muy contento porque esas situaciones las dominan de maravilla. Lo que hicimos fue lo que ellos no preveían, una queja civilizada, razonada y bien explicada, llevada al único foro que en aquel momento podía estudiarla con respeto, como así fue. La consecuencia de esta buena estrategia es que en este momento la ley que provocaba los problemas está en vía de revisión.
Esta iniciativa que os dejo aquí no es la única que cabe. Tengo otra muy interesante, pero ya la sacaré otro día, sobre todo si veo que ésta ha despertado vuestro interés. Por eso os agradecería que me indicaseis que habéis enviado la queja, bien por comentario aquí abajo o mediante correo electrónico ajoseortega@costasmaritimas.es
Una última cosa: Es muy importante que esta queja la presenten ciudadanos no españoles de la Unión Europea, que son los que se pueden quejar de un trato en España que no sufrirían en sus países de origen. Seguro que tenéis amigos de otros países.
Yo ya he presentado mi queja ¿Y tú qué vas a hacer?
AL PARLAMENTO EUROPEO
COMISIÓN DE PETICIONES
………………………….., de nacionalidad española, Abogado en ejercicio, con domicilio en ………………………………………………., comparezco y DIGO:
Que, conforme al artículo 8C del Tratado Constitutivo de la Unión Europea, mediante el presente escrito, formulo queja contra el Reino de España por vulneración de dicho Tratado en los términos que a continuación se exponen:
PRIMERO.- El Gobierno de España ha hecho pública en 11.04.2012 su intención de remitir al Parlamento un proyecto de reforma del Código Penal mediante el cual se tipifica como delito la convocatoria de manifestaciones violentas y algaradas mediante internet. Los convocantes serán considerados reos del delito de integración en banda criminal y la resistencia pasiva frente a las fuerzas del orden, como por ejemplo las sentadas pacíficas, será considerada delito de atentado. Esto es lo que se sabe en la actualidad, puesto que a esta fecha aún no se ha remitido el texto al parlamento ni el Consejo de Ministros parece haber aprobado el proyecto de ley.
SEGUNDO.- La reforma anunciada por el Gobierno pone en peligro un derecho fundamental de la persona, recogido en la Constitución de España, como es el derecho de manifestación y crea una figura inexistente en el derecho penal como es el de la responsabilidad objetiva, ya que quienes convocan una manifestación no pueden garantizar la conducta de los participantes. Según el anuncio del gobierno, los convocantes responderán de forma automática y objetiva de tales daños, de tal forma que la comisión o no de un delito por parte de los convocantes dependerá de la conducta de los terceros que participen en la manifestación. Esto resulta inaceptable tanto desde el punto de vista del principio de culpabilidad propio del derecho penal como desde el punto de vista de los derechos constitucionales de manifestación y concentración.
TERCERO.- El anuncio del Gobierno de España, tal como queda descrito en el apartado anterior, viola el artículo 293 del Tratado Constitutivo de la Unión Europea en su siguiente tenor:
Los Estados miembros entablarán, en tanto sea necesario, negociaciones entre sí, a fin de asegurar en favor de sus nacionales:
  1. —  la protección de las personas, así como el disfrute y la tutela de los derechos, en las condiciones reconocidas por cada Estado a sus propios nacionales, 
Los Estados firmantes del Tratado respetan los derechos de manifestación y concentración como derechos fundamentales de la persona y desde luego no tienen tipificado como delito la convocatoria de una manifestación ni tampoco la resistencia pasiva a los agentes del orden. La presencia en España, de forma permanente u ocasional, de ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y su sujección a las condiciones sociales, políticas, legislativas y económicas de la vida en España, puede conducir a su encarcelamiento por hechos que en sus países de origen no solamente no es un delito, sino que constituye un derecho fundamental.
Por este motivo, el compareciente considera que el anuncio del Gobierno de España entra dentro de las competencias de la Unión Europea y en particular de esa Comisión de Peticiones, por lo que interesa que, previo estudio, se apruebe resolución por la que se declare que el Reino de España incumple con esta medida el Tratado Constitutivo de la Unión Europea y se le requiera para que la retire o no la ponga en marcha.
En su virtud,
SOLICITO: Se sirva tener por formulada la presente petición y, previo estudio, requerir al Gobierno de España para que no proceda a la reforma a la que se refiere el cuerpo de este escrito.
…………….. a …………………………
El documental LIBRES PERO SIN ALAS, sobre mi experiencia en el Parlamento Europeo, está aquí:
José Ortega
www.costasmaritimas.es


                                          



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